Derechos culturales: acceso a la cultura en México

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En México los derechos culturales son fundamentales frente a la nueva Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. Toda persona tiene derechos culturales, el derecho a la ciencia y el derecho a la protección de los intereses de autoría. Pero, ¿Qué son los derechos culturales?

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dice que; Los derechos culturales son esenciales para consolidar el respeto, protección y garantía de la dignidad de las personas, ya que permiten alcanzar una vida adecuada y preservar libertades fundamentales como la de pensamiento, conciencia, religión y expresión.

Brindan también la oportunidad de reunión pacífica, formar una familia, poseer una nacionalidad y reforzar el derecho específico de las minorías a una propia vida cultural. Para ello, es necesario promoverlos y apostar por la capacitación y educación en esa materia para fortalecer la diversidad, los mecanismos para su protección y justiciabilidad.

El Gobierno de México estipula que, los derechos culturales:

  • Son fundamentalmente derechos humanos para asegurar el disfrute de la cultura y de sus componentes en condiciones de igualdad, dignidad humana y no discriminación.
  • Son derechos relacionados con el arte y la cultura, entendidos en una amplia dimensión.
  • Son derechos promovidos para garantizar que las personas y las comunidades tengan acceso a la cultura y puedan participar en aquella que sea de su elección.
  • Son derechos relativos a cuestiones como la lengua; la producción cultural y artística; la participación en la cultura; el patrimonio cultural; los derechos de autor; las minorías y el acceso a la cultura, entre otros.
  • Son derechos relacionados con la identidad individual y colectiva.

Por otra parte, en 2009 se realizó una adición al artículo 4° de la Constitución Política de México y se estableció lo siguiente:

Toda persona tiene derecho al acceso a la cultura y al disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado en la materia, así como el ejercicio de sus derechos culturales. El Estado promoverá los medios para la difusión y desarrollo de la cultura, atendiendo a la diversidad cultural en todas sus manifestaciones y expresiones, con pleno respeto a la libertad creativa. La ley establecerá los mecanismos para el acceso y participación a cualquier manifestación cultural. 

Aunado a lo anterior, en 2017 que se aprobó la Ley General de Cultura y Derechos Culturales en nuestra Constitución donde quedaron asentados los siguientes derechos culturales:

I. Acceder a la cultura y al disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado en la materia;  

II. Procurar el acceso al conocimiento y a la información del patrimonio material e inmaterial de las culturas que se han desarrollado y desarrollan en el territorio nacional y de la cultura de otras comunidades, pueblos y naciones;  

III. Elegir libremente una o más identidades culturales;  

IV. Pertenecer a una o más comunidades culturales;  

V. Participar de manera activa y creativa en la cultura; 

VI. Disfrutar de las manifestaciones culturales de su preferencia;  

VII. Comunicarse y expresar sus ideas en la lengua o idioma de su elección;  

VIII. Disfrutar de la protección por parte del Estado mexicano de los intereses morales y patrimoniales que les correspondan por razón de sus derechos de propiedad intelectual, así como de las producciones artísticas, literarias o culturales de las que sean autores, de conformidad con la legislación aplicable en la materia; la obra plástica y escultórica de los creadores, estará protegida y reconocida exclusivamente en los términos de la Ley Federal del Derecho de Autor.  

IX. Utilizar las tecnologías de la información y las comunicaciones para el ejercicio de los derechos culturales, y  

X. Los demás que en la materia se establezcan en la Constitución, en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte y en otras leyes.

iguiendo el contexto de los diferentes y distintos derechos culturales, el Artículo 9, de la «Ley general de cultura y derechos culturales de México» dice que; Toda persona ejercerá sus derechos culturales a título individual o colectivo, sin menoscabo de su origen étnico o nacional, género, edad, discapacidades, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otro y, por lo tanto, tendrán las mismas oportunidades de acceso.

El artículo 21 de «La ley general de cultura y derechos culturales» menciona que; La Secretaría de Cultura impulsará la coordinación de acciones entre los prestadores de servicios culturales de los sectores público, social y privado, sus trabajadores y usuarios de los mismos, así como de las autoridades o representantes de las comunidades de los pueblos indígenas y se regirá conforme a los lineamientos que establezca el reglamento de esta ley y en los términos de las disposiciones que al efecto se expidan.

De tal modo que la secretaria de cultura será el órgano oficial encargado de, regular las actividades culturales, crearlas, diseñarlas, etc, pero trabaja en conjunto con le gobierno a nivel federal, estatal y municipal, con el objetivo de hacer que la cultura se realice en todas sus expresiones y llegue a todos los espacios del territorio mexicano y a sus ciudadanos.

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