PERMISO NEGADO PARA PEMEX

Gobierno Federal

El juez Juan Pablo Gómez Fierro negó al gobierno de México la posibilidad de que sea únicamente Petróleos Mexicanos (Pemex), o alguna de sus empresas subsidiarias, quien pueda ocupar las instalaciones de permisionarios privados en caso de que su permiso para operar sea suspendido por alguna razón de incumplimiento.

En una sentencia dada a conocer este lunes, el juez segundo de Distrito en Materia Administrativa, especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, también otorgó una suspensión provisional contra los actos derivados de las reformas a los artículos transitorios cuarto y sexto de la Ley de Hidrocarburos, promovidas por el presidente Andrés Manuel López Obrador, y aprobadas en abril pasado por el Congreso de la Unión.

El juez Gómez Fierro argumentó que el artículo 57, tal como está redactado después de las modificaciones presentadas por el jefe del Ejecutivo, dan ventaja a Pemex en el mercado de los hidrocarburos, vulnerando el derecho a la libre competencia.

“Al eliminar la posibilidad de que las empresas privadas puedan ser contratadas para manejar y controlar las instalaciones de los permisionarios que sean ocupadas, intervenidas o suspendidas, el artículo 57 de la Ley de Hidrocarburos, brinda exclusividad a Pemex y sus subsidiarias sobre este tipo de contrataciones”.

Dicho en otras palabras, este precepto otorga una ventaja competitiva para ciertos participantes del sector, circunstancia que vulnera el derecho fundamental de libre competencia económica y concurrencia tutelado por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, agregó en sentencia emitida el 7 de mayo pasado.

Asimismo, el juzgador consideró que la reforma al artículo 57 pondría a Pemex otra vez en su papel de monopolio, que tenía hasta antes de la Reforma Energética, en las actividades de transporte, almacenamiento, distribución y comercialización de hidrocarburos, productos refinados y petroquímicos, “lo que sin duda implicaría un retroceso para el desarrollo de todo el sector”.

El presidente López Obrador propuso que en el artículo 57 se agregase la facultad de Pemex para ocupar o intervenir temporalmente, sin plazo fijo, cualquier instalación en posesión y/u operación de particulares, cuyo permiso haya sido suspendido.

Respecto a los artículos cuarto y sexto transitorios de la Ley, el juez estimó que las modificaciones no permiten que los permisionarios tengan certeza con respecto a los incumplimientos en los que incurren y, menos aún, respecto a las sanciones que les sería aplicables.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *